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25-01-2007 CIRCULAR Nro.1728/07 PODER JUDICIAL PORCENTAJE DE COBERTURA Atentos a la comunicación recibida desde la O. Social del Poder Judicial de la Nación, ponemos en su conocimiento que a partir de las 00:00 hrs. del próximo 01 de Febrero de 2.007 el nuevo porcentaje de cobertura en pacientes ambulatorios será del: 70% (Setenta Por Ciento) a cargo de la Obra Social. VICTORIA A.R.T. REQUISITOS PARA EL EXPENDIO Informamos a Ud. que a partir de las 00:00 hrs. del próximo 01 de Febrero de 2.007, se DEBERÁ ADJUNTAR a la receta “fotocopia del Documento de Identidad” del accidentado y aclarar el nombre de la empresa donde trabaja (este último dato puede ser consignado por el farmacéutico, si el médico no lo hubiera detallado).-![]()
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